SERVICIOS IMPOSITIVOS
Asesoramiento impositivo
Estar inscripto en el régimen fiscal incorrecto conlleva un sinfín de complicaciones adicionales y una carga impositiva que normalmente ocasiona costos innecesarios. La definición del perfil fiscal más conveniente siempre debe ser getionada por profesionales idóneos. Estudio Sosa lo asesora y gestiona sus inscripciones impositivas, declaraciones de impuesto al valor agregado, ingresos brutos (local y/o convenio multilateral según corresponda), impuesto a las ganancias, impuesto a la ganancia mínima presunta, bienes personales, participaciones societarias, regímenes de retención (iva, ganancias, seguridad social, intereses), regímenes de información y cálculo de anticipos.Atención y contestación de requerimientos
Todo requerimiento efectuado por las agencias de control impositivo y previsional requieren especial atención y la inmediata respuesta en los plazos solicitados. En muchos casos nos encontramos con empresas que han sufrido multas o sanciones sólo por ignorar el procedimiento correcto en estos casos, sin recurrir al asesoramiento profesional idóneo. Revertir estas situaciones siempre es oneroso y complicado. Estudio Sosa atiende y responde inspecciones y requerimientos de los organismos de recaudación (AFIP, DGR, ARBA, ANSES). Especializado en la confección de escritos, actuaciones periciales y gestión ante requerimientos más complejos.Asistencia en la elaboración de presupuestos
La asignación del componente impositivo para la elaboración de presupuestos financieros y económicos y la determinación de la incidencia del costo impositivo en las distintas alternativas de acción siempre deben ser contemplados en el estudio de sus costos.Y además
Adhesión a moratorias y planes de facilidades de pago (recálculo de moratorias y presentaciones) Tasa por inspección de seguridad e higiene Comunicación de novedades Monotributo
APLICATIVOS: IMPUESTO SOBRE LOS CRÉDITOS Y LOS DÉBITOS
Para aquellos ciudadanos que se encuentran mencionados en el Artículo 8º deberán utilizar exclusivamente el aplicativo denominado “CREDEB - Versión 3.0” para informar las percepciones practicadas y/o el impuesto propio devengado. Para aquellos contemplados en el Artículo 20 de la Resolución General N° 2.111,

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